Los activos financieros se rigen por las siguientes normas de registro y valoración:
- NRV 9ª.2. "Instrumentos financieros" para PGC.
- NRV 8ª "Activos financieros" para PGC de PYMES.
A efectos de su valoración, se clasificarán, atendiendo a su finalidad, en las siguientes categorías, dependiendo si nos referimos al PGC o al PGC de PYMES:
¿Cuándo se reconocerá un Instrumento Financiero?
La empresa reconocerá un instrumento financiero en su balance cuando se convierta en parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.