lunes, 27 de junio de 2016

ACTIVOS FINANCIEROS

Es cualquier activo que sea dinero en efectivo, un instrumento de patrimonio de otra empresa o suponga un derecho contractual a recibir efectivo u otro activo financiero o a intercambiar activos o pasivos financieros con terceros en condiciones potencialmente favorables.
Los activos financieros se rigen por las siguientes normas de registro y valoración:
  • NRV 9ª.2. "Instrumentos financieros" para PGC.
  • NRV 8ª "Activos financieros" para PGC de PYMES.
A efectos de su valoración, se clasificarán, atendiendo a su finalidad, en las siguientes categorías, dependiendo si nos referimos al PGC o al PGC de PYMES:

¿Cuándo se reconocerá un Instrumento Financiero?
La empresa reconocerá un instrumento financiero en su balance cuando se convierta en parte obligada del contrato o negocio jurídico conforme a las disposiciones del mismo.

martes, 21 de junio de 2016

VALORACIÓN INMOVILIZADO MATERIAL

Los elementos del inmovilizado material se valoran por su coste, ya sea éste el precio de adquisición o coste de producción.

El precio de adquisición comprende:

  • El precio de compra:
  • () menos los descuentos y rebajas de toda clase, también se incluirán los descuentos por pronto pago, ya que éstos ya no tienen carácter financiero.
  • (+) más gastos inherentes a la adquisición hasta su puesta en condiciones de uso (ubicación, gastos de explanación y derribo, transporte, derechos arancelarios, seguros, instalación, montaje y similares).
  • (+) más los impuestos indirectos no recuperables directamente de la Hacienda Pública.
  • (+) más la estimación inicial del valor actual por costes de desmantelamiento, retiro o rehabilitación, si dan lugar a provisiones.
  • (+) más los gastos financieros (del proveedor o financiación ajena especifica o genérica atribuible), si se necesita más de un año para estar en condiciones de uso.

miércoles, 15 de junio de 2016

NORMAS DE REGISTRO Y VALORACIÓN

Estas normas desarrollan los principios contables y otras disposiciones contenidas en la primera parte del PGC o del PGC de PYMES, según el caso.
Estas normas, de aplicación obligatoria, recogen los criterios de registro y valoración de las distintas transacciones y elementos patrimoniales de la empresa desde una perspectiva general, considerando las transacciones que usualmente realizan las empresas sin descender a los casos particulares. El adecuado tratamiento contable de los casos particulares se resolverá, como hasta la fecha, mediante las resoluciones que vaya aprobando el ICAC (Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas).
En el caso del PGC  de PYMES: