jueves, 22 de septiembre de 2016

ASPECTOS BÁSICOS Y CUENTAS PARA EL IVA

El Impuesto sobre el Valor Añadido entra en vigor en España a partir del 1 de enero de 1986, estando regulado en la actualidad por la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, y Real Decreto 1624/1992, de 29 de diciembre (BOEs de 29 y 31 de diciembre, respectivamente, con modificaciones posteriores) y, como su mismo nombre indica, es un impuesto que grava el valor que añade la empresa al producto (bien o servicio) que vende.
Así, si una empresa compra un producto por 100 (más 21 % de IVA), y lo vende por 150 (más 21 % de IVA), resulta que:
  • Al comprar paga un 21 % s/100 = 21 ( IVA Soportado ).
  • Al vender cobra un 21 % s/150 = 31,50 ( IVA Repercutido ).
  • Por diferencia resulta que dicha empresa ha cobrado por IVA más de lo que ha pagado. Esa diferencia es, precisamente, el 21 % sobre el valor añadido (150 – 100 = 50), es decir 21 % s/50 = 10,50, cantidad que la empresa le debe a Hacienda, (Hacienda Pública, acreedora por conceptos fiscales) ya que el impuesto es de Hacienda, no de la empresa.

martes, 13 de septiembre de 2016

LA CUENTAS CONTABLES

El patrimonio de una empresa se compone de diversos elementos. Y la empresa tiene interés en conocer en todo momento cuáles son dichos elementos y cuál es el valor de cada uno.
Además, el valor de cada elemento puede sufrir variaciones a lo largo del ejercicio económico, variaciones que la empresa también tiene interés en conocer.
Para llevar el control de cada elemento y sus variaciones, se utiliza en contabilidad un instrumento llamado CUENTA.
CUENTA: Es un instrumento de representación y control de los elementos que componen el patrimonio de la empresa.

jueves, 8 de septiembre de 2016

FUNCIÓN MATEMÁTICA (SUMAR.SI)

Calcula la suma de los valores de una columna sujetos a una condición. 
SUMAR.SI es una función muy útil que puede reducir mucho los tiempos de operaciones y mejorar la productividad del usuario.

Su formato es:

=SUMAR.SI(rango;criterio;(rango_suma)
)

viernes, 2 de septiembre de 2016

LAS TRANSACCIONES EN MONEDA EXTRANJERA

Son aquéllas cuyo importe se denomina o exige su liquidación, en una moneda distinta de la funcional.

A estos efectos el PGC diferencia entre:

A) Moneda funcional:

Es la moneda del entorno económico principal en el que opera la empresa (salvo prueba en contrario en España es el euro).

B) Moneda de presentación:

Es la moneda en la que han de presentarse las cuentas anuales. En el caso de empresas domiciliadas en España será el euro.

A efectos del tratamiento de las transacciones en moneda extranjera, el PGC y el PGC de PYMES distinguen entre: