Las
empresas, además de las obligaciones fiscales, deben cumplir con una serie de
obligaciones formales en materia contable cumpliendo con un calendario
prefijado.
Ahora
daremos respuesta a dos preguntas importantes:
-
¿A
quiénes afectan dichas obligaciones?
-
¿Cuáles
son esas obligaciones?
¿A quiénes afectan?
A todas las
sociedades mercantiles, que en base a la Ley de Sociedades Anónimas, son las
que enumeramos a continuación:
·
Las
sociedades anónimas, incluidas las laborales.
·
Las
sociedades de responsabilidad limitada, incluidas las laborales.
·
Las
sociedades en comandita por acciones.
·
Las
sociedades cooperativas.
·
Las
sociedades colectivas y comanditarias simples cuando a fin de ejercicio, todos
los socios colectivos sean sociedades españolas o extranjeras.
El
empresario individual no tiene la obligación de llevar contabilidad por lo que
está exento de cumplir con dichas formalidades.
¿Cuáles son las obligaciones
formales?
Los
administradores de estas sociedades deberán cumplir con las siguientes
obligaciones:
- Formulación de las cuentas anuales
- Legalización de libros oficiales
- Depósito de cuentas anuales en el Registro Mercantil